
El Organismo de Control de Energía eléctrica de Buenos Aires (Oceba) publicó hoy la resolución que prohíbe a los municipios y empresas prestatarias incluir, dentro de las facturas que reciben los usuarios de energía eléctrica, tasas y conceptos ajenos a este servicio.
“A partir de la fecha de entrada en vigencia de la presente (las facturas) solo deberán contener conceptos tarifarios vinculados a la prestación del servicio público de distribución de energía eléctrica”, se indicó en la resolución.
Esta es una práctica muy habitual en los municipios, ya que los intendentes aprovechan el alto índice de cobrabilidad que tienen las facturas de energía (superior al 95%) para incrementar su propio nivel de recaudación.
De la misma forma, las cooperativas no podrán incluir en la facturación del servicio adicionales, como seguro de sepelio o televisión por cable, y de ahora en más tendrán que cobrarlo por separado.
En el artículo 2º de la resolución se aclaró que tampoco se podrá incorporar en las facturas “conceptos adicionales vinculados al servicio público de distribución de energía eléctrica sin la previa aprobación del Oceba, con excepción de lo dispuesto por la ley Nº 10.740 con relación al alumbrado público”.
Esto implicaría, a priori, que el servicio de alumbrado público sí seguiría cobrándose dentro de las facturas de energía.
De todas formas, intendentes del sudoeste dijeron hoy a La Nueva. que la resolución “no es taxativa”, por lo que temen que los obliguen a quitar de las facturas de energía la tasa por alumbrado público.
“De ser así, nos harían un agujero enorme”, confió el jefe comunal de un distrito muy cercano a Bahía Blanca.
En la resolución del Oceba se destacó la necesidad de que los usuarios conozcan, a través de la lectura de sus facturas, “la información necesaria y suficiente que permita constatar en forma unívoca el valor de las magnitudes físicas consumidas, el período al cual corresponde, los precios unitarios aplicados y las cargas impositivas”.
En forma complementaria, se analizó que la incorporación de tasas y cobros adicionales no ayuda a los usuarios a saber a ciencia cierta cuánto pagan por el servicio de energía.
fuente:www.lanueva.com
Me parece excelente disposición, ya que el consumidor de energía eléctrica, le achaca el valor final facturado a EDES siendo que casi el 50% corresponde a pagos por impuestos o servicios ajenos al consumo eléctrico
AL CONSUMIDOR DE ELECTRICIDAD VERÍA REDUCIDO SU FACTURA CASI A LA MITAD DE LO QUE ABONA HOY
Estos medios de recaudación deberán canalizarse de otra forma mas transparente
El alumbrado público no puede estar atado, mediante un porcentaje, al consumo particular de cada usuario. Ello implica que a más consumo privado, mas consumo de alumbrado público, cuando en realidad, éste es siempre el mismo. Esta modalidad ďebería ser eliminada de la factura de luz y los municipios volver a cobrar la tasa como era antiguamente. Si tienen altos índices de incobrabilidad es o será por deficiencias en la gestión, ya que cuentan con las herramientas para que ello no ocurra.