
La Justicia ordenó a las empresas de energía eléctrica que operan en la provincia de Buenos Aires que se abstengan a limitar, suspender o cortar el servicio por deudas a asociaciones civiles y mutuales protegidas por ley ante el impacto de la pandemia de coronavirus. La medida fue luego de una presentación de la Defensoría del Pueblo bonaerense y la Dirección que nuclea a estas entidades.
La intervención del organismo que conduce Guido Lorenzino y la Dirección de Asociaciones Civiles y Mutuales, a cargo de Maite Alvado, estuvo relacionada a los reclamos de estas entidades por los incumplimientos de las compañías eléctricas a los beneficios dispuestos por una ley provincial -de autoría del diputado Facundo Tignanelli- para protegerlas de los efectos económicos relacionados a la pandemia.
Ante esta situación, el Juzgado en lo Contencioso Administrativo N°4 de La Plata, a cargo de María Ventura Martínez, dictó esta medida para que las empresas se abstengan de suspender, limitar o cortar el servicio por falta de pago, hasta tanto se resuelva de fondo el asunto o hasta que se venzan los plazos legales de la emergencia sanitaria establecidos para el beneficio de tarifa cero.
“Esta decisión representa un apoyo a los amplios sectores de la ciudadanía que asisten a estas asociaciones civiles no solo como espacios de socialización y esparcimiento, sino que debido a la pandemia también recurren a ellas para contención y auxilio, para recibir alimentos y vacunas, y que se han transformado hasta en centros de aislamiento”, puntualizó Alvado.
fuente:www.infocielo.com
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