El Gobierno reglamentó la ley de paridad de género en listas electorales

El Gobierno publicó este viernes en el Boletín Oficial la reglamentación de la ley de paridad de género en ámbitos de representación política, a fines de que empiece a surtir efectos en las elecciones a cargos legislativos nacionales de este año. Lo hizo en el marco del Día de la Mujer, que se conmemora hoy en todo el mundo.

La ley dispone la obligación de que los distintos partidos políticos que compitan en las elecciones nacionales presenten listas integradas por candidatas y candidatos de manera intercalada desde el primer candidato titular hasta el último suplente, “de modo tal que no haya dos (2) personas continuas del mismo género en una misma lista”.

El decreto 171/2019 efectiviza la norma que había sido sancionada por el Congreso en diciembre de 2017. Toma como fundamento la necesidad de garantizar mediante acciones positivas “la igualdad real de oportunidades entre varones y mujeres para el acceso a cargos electivos y partidarios”, contenida en el artículo 37 de la Constitución Nacional, así como el artículo 7 de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer que establece la obligación de tomar medidas destinadas a lograr este objetivo en el ámbito político.

Un detalle clave es la aclaración de que el género estará determinado por “el sexo reconocido en el DNI vigente al momento del cierre del padrón, independientemente del sexo biológico o, en su defecto, constancia de rectificación de sexo inscripta en el Registro Nacional de las Personas”.

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