Ayer venció el plazo para recategorizarse a los Monotribustas de todo el país

 

La recategorización es obligatoria para quienes hayan aumentado o disminuido algunos de sus parámetros de categorización, como facturación, consumo eléctrico, o superficie, entre otros.

Para hacer la confirmación se necesita tener Clave Fiscal nivel 2 o superior y el monto a pagar es en base a la variación que haya tenido la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte).

Para la recategorización se deberán calcular los ingresos acumulados y la energía eléctrica usada en los doce meses anteriores, así como la superficie afectada.

Si pasaron seis meses completos o más desde el inicio de actividades se deberán anualizar los parámetros: es decir, sumar los ingresos del semestre, dividirlos por seis meses y luego multiplicarlos por doce. Si no transcurrieron seis meses completos, se mantendrá la categorización inicial.

El importe correspondiente a la nueva categoría se deberá pagar a partir del mes siguiente a la recategorización, en este caso en febrero.

Desde este mes rigen además nuevos valores tanto para los aportes mensuales a cargo de los contribuyentes como para los montos de facturación máxima.

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