Aplicación de agroquímicos en la Provincia: una mirada a fondo sobre los cambios en la legislación

Por Andrés Lobato

Existen voces a favor y en contra., una de las dudas radica en que los municipios no impongan su voluntad por sobre el texto de la resolución, esto se sabrá con el correr de los meses.
Desde hace varios años, la aplicación de agroquímicos en la provincia de Buenos Aires constituye un espacio complejo para su ordenamiento. Si bien la Ley Provincial N° 10.699 regula su uso en el ámbito bonaerense, la realidad es que los municipios dictan sus propias normativas en relación a las distancias de aplicación, uno de los temas más sensibles a la hora de juzgar las aplicaciones de fitosanitarios.

En los últimos dos años, la legislatura bonaerense debatió un proyecto de ley, redactado por el senador bonaerense Alfonso Coll Areco. El borrador sufrió innumerables modificaciones y tuvo media sanción en la Cámara baja pero no consiguió dictamen favorable en Senadores. En cierta manera, quedó una sensación de “fojas cero”, con un prolongado debate que finalizó en el mismo lugar que empezó.

La legislación en torno a este tema es una de las asignaturas pendientes en la agropolítica de Buenos Aires. En este sentido, más de 70 municipios tomaban como base su propia normativa para legislar sobre aplicaciones, desconociendo la ley vigente.

A mediados de diciembre, el ministerio de Agroindustria bonaerense publicó en el Boletín Oficial la Resolución N° 246, que apunta a unificar criterios en esta materia. La misma es complementaria de la Ley 10.699, que con sus modificaciones rige en la actualidad el uso de agroquímicos en la provincia. Hasta el momento, unos 40 municipios han adherido a esta normativa.

Uno de las aristas más complejas de esta resolución son las distancias de aplicación. El artículo 1 define como zonas de amortiguamiento a los “lotes contiguos al área urbana, zona residencial extraurbana, área de población dispersa, márgenes de cursos o cuerpos de agua, zonas de bombeo, establecimientos educativos, áreas de esparcimiento y reservas naturales”.

En el caso de los establecimientos educativos, el artículo 5 sostiene que las aplicaciones deberán “efectuarse fuera de horario escolar”. Previo a esta legislación, este punto no estaba contemplado, esto significa que en caso de realizarse con alumnos en las aulas, se establecerán sanciones.

Estas zonas de amortiguamiento se definen en base a la Ley Provincial N° 8912, que permite a los municipios delimitar sus territorios en áreas rurales, urbanas y complementarias. La resolución busca brindar un mayor protagonismo al ingeniero agrónomo, tal como queda establecido en el artículo 4, en donde señala que el productor “deberá prever la presencia del profesional interviniente que determine las previsiones a tener en cuenta al inicio y durante la aplicación”.

Uno de los puntos destacables es que los profesionales agrónomos deberán emitir una receta de aplicación (previa al uso de productos), que queda asentada electrónicamente y asegura trazabilidad. En caso de problemas posteriores al uso del agroquímico, el ingeniero agrónomo será el responsable.

Respecto de la venta en las agronomías, si bien se deben expender bajo receta elaborada por un profesional idóneo, existe una alternativa: el comercio elabora un remito, en donde queda constancia del comprador, producto y cantidad. Este es un punto en donde las autoridades trabajarán en el mediano plazo.

Como toda normativa vinculada a este tema por demás sensible, existen voces a favor y en contra. Una de las dudas es que no se imponga la voluntad de los municipios por sobre el texto de la resolución, esto se sabrá con el correr de los meses.

Sin dudas, este primer paso para unificar criterios en materia de aplicaciones constituye un avance. Los detractores de esta medida señalan que se trabajará a distancias consideradas peligrosas para la salud humana, entre otras críticas. En este sentido, además de este ítem deben analizarse una multiplicidad de factores a la hora de trabajar con estos productos, como la velocidad del viento y humedad ambiente, entre otros.

La política también juega su partido en esta cuestión. En estos días se conoció un comunicado firmado por diputados de Unidad Ciudadana, en donde rechazan la resolución de la cartera agropecuaria encabezada por Leonardo Sarquís.

Entre sus fundamentos, los legisladores aducen que “creemos imperioso que las normas que regulan su aplicación sean lo suficientemente claras y taxativas para evitar su uso inapropiado, minimizando la posibilidad de contaminación de áreas sensibles, de manera de preservar la salud de la población bonaerense”.

En la vereda opuesta, el flamante Colegio de Ingenieros Agrónomos de Buenos Aires entiende que el ministerio de Agroindustria se “pone al frente de la lucha de la realización de prácticas agronómicas, para evitar el mal uso de agroquímicos y producir alimentos cada vez más sanos, conservando el ambiente”.

En este sentido, los agrónomos entienden que las zonas de exclusión o prohibición “no garantizan sanidad, contamina más una mala aplicación a 5000 metros de una ciudad que una buena aplicación al límite de la misma, el problema es como usamos los terápicos agrícolas”.

fuente:www.infocielo.com

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