{"id":9732,"date":"2018-12-10T08:11:33","date_gmt":"2018-12-10T11:11:33","guid":{"rendered":"http:\/\/dsrmedios.com.ar\/diario\/?p=9732"},"modified":"2018-12-10T08:11:33","modified_gmt":"2018-12-10T11:11:33","slug":"multas-y-clausura-a-comercios-que-no-acepten-tarjetas-de-debito-a-sus-clientes","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/dsrmedios.com.ar\/diario\/archivos\/9732","title":{"rendered":"Multas y clausura a comercios que no acepten tarjetas de D\u00e9bito a sus clientes"},"content":{"rendered":"<p>El gobierno bonaerense qued\u00f3 autorizado para endurecer las sanciones contra aquellos comercios que no acepten tarjetas de d\u00e9bito como medio de pago. Seg\u00fan qued\u00f3 establecido en la ley Impositiva, la Provincia podr\u00e1, adem\u00e1s de las multas vigentes, aplicar la clausura de esos establecimientos.<\/p>\n<p>La medida qued\u00f3 oculta en medio del debate por el Presupuesto 2019, pero est\u00e1 contemplada en el art\u00edculo 85 de la ley Impositiva. T\u00e9cnicamente lo que dispusieron los legisladores fue una modificaci\u00f3n de un art\u00edculo del C\u00f3digo Fiscal bonaerense. All\u00ed se establecen multas de hasta 80 mil pesos y la clausura de entre 4 y 10 d\u00edas para aquellos comercios que no posean talonarios, controladores fiscales u otro medio para emitir facturas o comprobantes de sus ventas, locaciones o prestaciones de servicio.<\/p>\n<p>A esas faltas se les agreg\u00f3 el hecho de no contar \u201ccon los dispositivos necesarios\u201d previstos en una ley nacional que obliga a aceptar como medio de pago transferencias bancarias instrumentadas mediante tarjetas de d\u00e9bito. As\u00ed, aquellos comercios que no tengan posnet podr\u00e1n ser pasibles de multas y clausuras.<\/p>\n<p>A partir del 1\u00ba de abril de este a\u00f1o, la AFIP dispuso que es obligatorio que comercios y monotributistas acepten tarjetas de d\u00e9bito como medio de pago. Y si bien el uso del posnet se fue ampliando, numerosos establecimientos siguen sin aceptar tarjetas de d\u00e9bito.<\/p>\n<p>Hasta el a\u00f1o 2015 s\u00f3lo el 15 por ciento de los contribuyentes bonaerenses de Ingresos Brutos contaba con posnet, de acuerdo a los \u00faltimos informes oficiales. El proyecto acaba de aprobarse y por lo tanto no existen demasiadas precisiones respecto de c\u00f3mo se va a instrumentar. Por lo pronto, trascendi\u00f3 que en los pr\u00f3ximos d\u00edas se comenzar\u00e1 a trabajar en la reglamentaci\u00f3n del art\u00edculo.<\/p>\n<p>En fuentes del gobierno provincial dijeron que la Agencia de Recaudaci\u00f3n (Arba) quedar\u00eda habilitada para llegar a la clausura del comercio que no tenga posnet. Pero reci\u00e9n se llegar\u00eda a esa sanci\u00f3n m\u00e1xima luego de una intimaci\u00f3n de los inspectores del organismo recaudador.<\/p>\n<p>La idea oficial es que la pena m\u00e1xima de clausura sea dispuesta por la Justicia. Con esta medida, la Provincia busca el blanqueo de las ventas y evitar maniobras de evasi\u00f3n en el impuesto a los Ingresos Brutos.<\/p>\n<p>Fuente: El D\u00eda<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<div class=\"mh-excerpt\"><p>El gobierno bonaerense qued\u00f3 autorizado para endurecer las sanciones contra aquellos comercios que no acepten tarjetas de d\u00e9bito como medio de pago. Seg\u00fan qued\u00f3 establecido en la ley Impositiva, la Provincia podr\u00e1, adem\u00e1s de las multas vigentes, aplicar la clausura de esos establecimientos. La medida qued\u00f3 oculta en medio del debate por el Presupuesto 2019, pero est\u00e1 contemplada en el art\u00edculo 85 de la ley Impositiva. T\u00e9cnicamente lo que dispusieron los legisladores fue una modificaci\u00f3n de un art\u00edculo del C\u00f3digo Fiscal bonaerense. 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