{"id":40325,"date":"2023-10-11T11:29:48","date_gmt":"2023-10-11T14:29:48","guid":{"rendered":"http:\/\/dsrmedios.com.ar\/diario\/?p=40325"},"modified":"2023-10-11T11:29:51","modified_gmt":"2023-10-11T14:29:51","slug":"limitaron-las-operaciones-con-dolares-financieros-para-grandes-inversores-locales-y-extranjeros","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/dsrmedios.com.ar\/diario\/archivos\/40325","title":{"rendered":"Limitaron las operaciones con d\u00f3lares financieros para grandes inversores locales y extranjeros"},"content":{"rendered":"\n<p>La Comisi\u00f3n Nacional de Valores (CNV)&nbsp;<strong>restringi\u00f3 a $ 100 millones diarios las operaciones de inversores extranjeros y grandes firmas locales<\/strong>, limitando as\u00ed la adquisici\u00f3n de d\u00f3lares financieros, a trav\u00e9s de la Resoluci\u00f3n General 981\/2023 publicada este mi\u00e9rcoles en el Bolet\u00edn Oficial.<\/p>\n\n\n\n<p>A partir de la modificaci\u00f3n normativa de este mi\u00e9rcoles, los<strong>&nbsp;inversores extranjeros<\/strong>&nbsp;\u2013ya sea empresas o personas humanas- que no son agentes de valores y operan con CDI (Clave de Identificaci\u00f3n) o CIE (Clave de Inversores del Exterior) s\u00f3lo podr\u00e1n operar por cuenta propia y con fondos propios.<\/p>\n\n\n\n<p>Estas operaciones deber\u00e1n ser informadas al intermediario local \u2013una sociedad de bolsa (ALyC), un Agente de Negociaci\u00f3n (AN) o un Agente de Corretaje de Valores Negociables (ACVN)- con cinco d\u00edas h\u00e1biles de anticipaci\u00f3n y por hasta $ 100 millones diarios.<\/p>\n\n\n\n<p>Estos intermediarios deber\u00e1n remitir esta informaci\u00f3n, con car\u00e1cter de declaraci\u00f3n jurada y cinco d\u00edas h\u00e1biles de anticipaci\u00f3n, a la CNV.<\/p>\n\n\n\n<p>Las sociedades de bolsa del exterior \u2013las cuales operan por cuenta y orden de clientes argentinos- tambi\u00e9n estar\u00e1n abarcadas por las mismas restricciones: no podr\u00e1n superar el monto m\u00e1ximo diario de $ 100 millones por cada uno de sus clientes y estar\u00e1n obligadas a informarle a la CNV con cinco d\u00edas de anticipaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>En tanto, las sociedades de bolsa del exterior que operan por cuenta propia y con fondos propios \u2013no por orden de terceros- deber\u00e1n avisar con cinco d\u00edas h\u00e1biles de anticipaci\u00f3n cuando operen diariamente por m\u00e1s de $ 100 millones.<\/p>\n\n\n\n<blockquote class=\"wp-block-quote\">\n<p>La&nbsp;medida \u201calcanza \u00fanicamente a los grandes inversores y no afecta a la enorme mayor\u00eda de usuarios de d\u00f3lares financieros y peque\u00f1os inversores\u201d<\/p>\n<\/blockquote>\n\n\n\n<p>En lo que respecta a los<strong>&nbsp;inversores locales<\/strong>&nbsp;que poseen CUIT, aquellos que operan por cuenta y orden de terceros tendr\u00e1n un tope de operaci\u00f3n de $ 100 millones diarios, restricci\u00f3n que no abarca a los que operan por cuenta propia y con fondos propios.<\/p>\n\n\n\n<p>Los inversores locales que operan por orden de terceros deber\u00e1n informar con cinco d\u00edas h\u00e1biles de antelaci\u00f3n estas operaciones a la CNV a trav\u00e9s de las sociedades de bolsa, detallando qui\u00e9n es el tercero para el que operan; mientras que aquellos que operan por cuenta propia deber\u00e1n avisar con el mismo plazo de antelaci\u00f3n aquellas operaciones superiores a $ 200 millones, pese a no tener restricci\u00f3n para operar con dichos montos.<\/p>\n\n\n\n<p>Por otra parte, la CNV dispuso que las carteras propias de los Agentes de Liquidaci\u00f3n y Compensaci\u00f3n (ALyC) y los Agentes de Negociaci\u00f3n (AN) podr\u00e1n saltar los plazos de permanencia cuando realicen operaciones de venta con liquidaci\u00f3n en d\u00f3lares en ruedas de negociaci\u00f3n bilateral, siempre y cuando posteriormente apliquen esos d\u00f3lares a la compra de activos y su posterior venta de pesos, es decir, cuando comiencen la operaci\u00f3n en pesos y la finalicen en pesos.<\/p>\n\n\n\n<p>La disposici\u00f3n es de car\u00e1cter<strong>&nbsp;\u201ctransitorio\u201d<\/strong>&nbsp;y fruto de un convenio de colaboraci\u00f3n e intercambio de informaci\u00f3n entre el regulador burs\u00e1til, la Unidad de Informaci\u00f3n Financiera (UIF) y la Administraci\u00f3n de Ingresos P\u00fablicos (AFIP).<\/p>\n\n\n\n<p>La misma busca<strong>&nbsp;\u201cmejorar la regulaci\u00f3n del mercado de capitales y prevenir maniobras de lavado de activos y evasi\u00f3n impositiva\u201d<\/strong>, se\u00f1al\u00f3 la CNV a trav\u00e9s de un comunicado.<\/p>\n\n\n\n<p>El organismo aclar\u00f3 que<strong>&nbsp;la medida \u201calcanza \u00fanicamente a los grandes inversores y no afecta a la enorme mayor\u00eda de usuarios de d\u00f3lares financieros y peque\u00f1os inversores\u201d<\/strong>.<\/p>\n\n\n\n<p>En cuanto a los intermediarios, se limita su actuaci\u00f3n en la colocaci\u00f3n primaria y en la negociaci\u00f3n secundaria como intermediarios de entidades del exterior.<\/p>\n\n\n\n<p>En los considerandos de la resoluci\u00f3n, se se\u00f1ala que en \u201cel actual contexto econ\u00f3mico imperante y en el marco de la reciente evoluci\u00f3n del mercado de cambios, se torna&nbsp;<strong>necesario reducir la volatilidad de las variables financieras y contener el impacto de las oscilaciones de los flujos financieros sobre el normal funcionamiento de la econom\u00eda real<\/strong>, as\u00ed como el impacto de las operaciones instrumentadas en el mercado de capitales a trav\u00e9s de la compra venta simult\u00e1nea de valores negociables\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>La semana pasada,&nbsp;<strong>el Banco Central (BCRA) le inform\u00f3 a la CNV un incremento en el volumen de negociaciones por parte de inversores extranjeros que utilizan CIE o CDI<\/strong>, y pidi\u00f3 \u201creforzar los mecanismos de supervisi\u00f3n\u201d para identificar si ese incremento \u201cse corresponde con posibles maniobras elusivas, ocultando la identidad de los reales beneficiarios finales de dichas operaciones\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>En ese marco, el BCRA advirti\u00f3 que estaba faltando determinados datos (por ejemplo, nombre y CUIT) de \u201cun n\u00famero considerable y relevante de las personas que realizaron las operaciones\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Fuente: telam<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<div class=\"mh-excerpt\"><p>La Comisi\u00f3n Nacional de Valores (CNV)&nbsp;restringi\u00f3 a $ 100 millones diarios las operaciones de inversores extranjeros y grandes firmas locales, limitando as\u00ed la adquisici\u00f3n de d\u00f3lares financieros, a trav\u00e9s de la Resoluci\u00f3n General 981\/2023 publicada este mi\u00e9rcoles en el Bolet\u00edn Oficial. 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