{"id":24069,"date":"2021-06-15T09:45:08","date_gmt":"2021-06-15T12:45:08","guid":{"rendered":"http:\/\/dsrmedios.com.ar\/diario\/?p=24069"},"modified":"2021-06-15T09:45:10","modified_gmt":"2021-06-15T12:45:10","slug":"impuesto-a-las-ganancias-que-dice-la-resolucion-que-oficializa-los-cambios-para-los-que-ganan-hasta-150-000","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/dsrmedios.com.ar\/diario\/archivos\/24069","title":{"rendered":"Impuesto a las Ganancias: qu\u00e9 dice la resoluci\u00f3n que oficializa los cambios para los que ganan hasta $150.000"},"content":{"rendered":"\n<p>Luego de m\u00e1s de dos meses de espera, el Gobierno reglament\u00f3 los cambios en el Impuesto a las Ganancias que fueron aprobados por el Congreso Nacional a principios de abril, y a partir del mes pr\u00f3ximo (corresponden a los salarios de junio que se cobran en julio) ya no estar\u00e1n alcanzados por este gravamen los trabajadores que cobren hasta 150 mil pesos bruto. As\u00ed lo defini\u00f3 la&nbsp;<strong>Resoluci\u00f3n General 5008\/2021<\/strong>, publicada este martes en el&nbsp;<strong>Bolet\u00edn Oficial<\/strong>.<\/p>\n\n\n\n<p>Adem\u00e1s, tambi\u00e9n se increment\u00f3 el umbral de ingresos y rentas a partir del cual los contribuyentes deben&nbsp;<strong>presentar la declaraci\u00f3n jurada informativa patrimonial&nbsp;<\/strong>para los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales: el nuevo valor para el per\u00edodo fiscal 2020 se ubicar en $2.500.000 (el anterior era de $2 millones).PUBLICIDAD<\/p>\n\n\n\n<p>Al respecto, se precis\u00f3 que el tr\u00e1mite \u201ccorrespondientes al per\u00edodo fiscal 2020,&nbsp;<strong>podr\u00e1 efectuarse -con car\u00e1cter de excepci\u00f3n- hasta el 31 de julio de 2021, inclusive\u201d.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Con la firma de la titular de la Administraci\u00f3n Federal de Ingresos P\u00fablicos (AFIP),&nbsp;<strong>Mercedes Marc\u00f3 del Pont<\/strong>, se estableci\u00f3 que, \u201ca fin de determinar los montos l\u00edmites previstos para la aplicaci\u00f3n de las exenciones\u201d de Ganancias, tendr\u00e1 que \u201cconsiderarse el promedio del monto de la remuneraci\u00f3n y\/o haber bruto mensual correspondiente al per\u00edodo fiscal anual\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cEn aquellos meses en que la remuneraci\u00f3n y\/o haber bruto del mes que se liquida o el promedio de las remuneraciones y\/o haberes brutos mensuales a ese mes -el que fuere menor- supere la suma de $150.000 y resulte inferior o igual a $ 173.000, los agentes de retenci\u00f3n computar\u00e1n, en el mes que se liquida,&nbsp;<strong>una deducci\u00f3n especial&nbsp;<\/strong>incrementada conforme el tramo en el que se ubique la referida remuneraci\u00f3n y\/o haber bruto mensual o promedio\u201d en la nueva tabla del impuesto, que fue publicada como anexo de la norma principal.<\/p>\n\n\n\n<p>Por otra parte, la normativa de la AFIP tambi\u00e9n instrument\u00f3 la deducci\u00f3n especial incrementada para que el impuesto solo alcance a las jubilaciones que superen los&nbsp;<strong>ocho haberes m\u00ednimos<\/strong>, siempre que \u201cno hubieran obtenido en el per\u00edodo fiscal que se liquida ingresos distintos a los all\u00ed previstos superiores a la ganancia no imponible\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cTampoco corresponder\u00e1 esa deducci\u00f3n para quienes se encuentren obligados a tributar el Impuesto sobre los Bienes Personales, siempre que esa obligaci\u00f3n no surja exclusivamente de la tenencia de un inmueble para vivienda \u00fanica\u201d, se aclar\u00f3.<\/p>\n\n\n\n<p>La normativa indica que los agentes de retenci\u00f3n, \u201ca los fines de la determinaci\u00f3n del importe a retener en concepto de impuesto a las ganancias respecto de las remuneraciones y\/o haberes correspondientes al mes devengado junio de 2021 y siguientes, deber\u00e1n utilizar el procedimiento y los importes de las deducciones personales consignadas en las tablas mensuales acumuladas que se encuentran disponibles en el micrositio \u201cGanancias y Bienes Personales\u201d del sitio \u201cweb\u201d institucional (https:\/\/www.afip.gob.ar)\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Siguiendo esa informaci\u00f3n,&nbsp;<strong>\u201cdeber\u00e1n generar una liquidaci\u00f3n adicional a efectos de determinar las diferencias que, por aplicaci\u00f3n de las deducciones y exenciones establecidas por la Ley N\u00b0 27.617, pudieran generarse a favor de los sujetos pasibles de retenci\u00f3n\u201d.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Sobre este \u00faltimo punto, la mencionada Resoluci\u00f3n General confirm\u00f3 que el dinero que se les retuvo en o que va del a\u00f1o a los trabajadores que ya no est\u00e1n m\u00e1s alcanzados por el Impuesto a las Ganancias,&nbsp;\u201cse reintegrar\u00e1 en cinco cuotas iguales, mensuales y consecutivas en los meses de julio, agosto, septiembre, octubre y noviembre de 2021\u2033.<\/p>\n\n\n\n<p>Por el contrario, \u201ccuando el agente de retenci\u00f3n obtenga un importe a su favor con motivo de los montos que se reintegran\u201d, los saldos \u201cque se generen en los per\u00edodos fiscales julio a noviembre de 2021 podr\u00e1n ser utilizados\u201d, por ejemplo, \u201cpara cancelar las obligaciones fiscales\u201d o tambi\u00e9n -en forma excepcional- \u201cpodr\u00e1 aplicarse a retenciones y\/o percepciones del Impuesto al Valor Agregado\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>La reglamentaci\u00f3n del nuevo Impuesto a las Ganancias fue firmada por la titular de la AFIP, Mercedes Marc\u00f3 del Pont (T\u00e9lam)<\/p>\n\n\n\n<p>Entre los considerandos, el Gobierno se\u00f1al\u00f3 que fue la Ley N\u00ba 27.617, aprobada por el Congreso Nacional a principios de abril pasado, la que estableci\u00f3 los cambios en el Impuesto a la Ganancia e incorpor\u00f3 \u201cexenciones\u201d para \u201cciertos trabajadores en relaci\u00f3n de dependencia\u201d que \u201cperciban haberes brutos que no superen la suma equivalente a 150.000 pesos\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Asimismo, a partir de este mismo proyecto \u201cse modific\u00f3 el alcance de la deducci\u00f3n en concepto de cargas de familia, increment\u00e1ndose el monto de dicha deducci\u00f3n por cada hijo, hija, hijastro o hijastra incapacitados para el trabajo\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>En tanto, la norma tambi\u00e9n estableci\u00f3 que cuando la remuneraci\u00f3n sea superior a lo \u201c$150.000 mensuales, pero no exceda de $ 173.000 mensuales, se facult\u00f3 al Poder Ejecutivo Nacional a definir la magnitud de dicha&nbsp;<strong>deducci\u00f3n adicional<\/strong>&nbsp;en orden a promover que la carga tributaria del gravamen no neutralice los beneficios derivados de esta medida y de la correspondiente pol\u00edtica salarial\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cEn consecuencia&nbsp;<strong>corresponde adecuar el referido r\u00e9gimen de retenci\u00f3n de conformidad con las modificaciones normativas a las que se ha hecho referencia<\/strong>, aplicando un esquema de liquidaci\u00f3n para la determinaci\u00f3n de la deducci\u00f3n especial incrementada que cumpla con el objetivo se\u00f1alado (&#8230;), atendiendo a las variaciones normales y habituales que pueden sufrir las remuneraciones y\/o haberes brutos, por motivos estacionales -mayor demanda de trabajadores-, negociaciones colectivas o situaciones similares\u201d, se explic\u00f3 en esta Resoluci\u00f3n General.<\/p>\n\n\n\n<p>Los cambios en este impuesto fueron sancionados por el Senado de la Naci\u00f3n el 8 de abril \u00faltimo, durante una sesi\u00f3n que fue encabezada por la vicepresidenta&nbsp;<strong>Cristina Kirchner<\/strong>, y luego de una larga discusi\u00f3n entre la oposici\u00f3n y el oficialismo que estuvo centrada mucho m\u00e1s en lo que hicieron los gobiernos de Cambiemos y de Cristina Kirchner respecto del gravamen en cuesti\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Con 66 votos a favor, una abstenci\u00f3n y cuatro ausentes, los senadores aprobaron de manera conjunta las leyes que modifican el piso a partir del cual los asalariados y jubilados empiezan a pagar el impuesto a las Ganancias.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Fuente: Infobae<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<div class=\"mh-excerpt\"><p>Luego de m\u00e1s de dos meses de espera, el Gobierno reglament\u00f3 los cambios en el Impuesto a las Ganancias que fueron aprobados por el Congreso Nacional a principios de abril, y a partir del mes pr\u00f3ximo (corresponden a los salarios de junio que se cobran en julio) ya no estar\u00e1n alcanzados por este gravamen los trabajadores que cobren hasta 150 mil pesos bruto. As\u00ed lo defini\u00f3 la&nbsp;Resoluci\u00f3n General 5008\/2021, publicada este martes en el&nbsp;Bolet\u00edn Oficial. Adem\u00e1s, tambi\u00e9n se increment\u00f3 el umbral de ingresos y rentas a partir del cual los contribuyentes deben&nbsp;presentar la declaraci\u00f3n jurada informativa patrimonial&nbsp;para los impuestos a <a class=\"mh-excerpt-more\" href=\"http:\/\/dsrmedios.com.ar\/diario\/archivos\/24069\" title=\"Impuesto a las Ganancias: qu\u00e9 dice la resoluci\u00f3n que oficializa los cambios para los que ganan hasta $150.000\">[Leer m\u00e1s]<\/a><\/p>\n<\/div>","protected":false},"author":6,"featured_media":24070,"comment_status":"open","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_jetpack_newsletter_access":""},"categories":[6],"tags":[],"jetpack_featured_media_url":"http:\/\/dsrmedios.com.ar\/diario\/wp-content\/uploads\/2021\/06\/impuesto-a-las-gananacias-516ff4.jpg","jetpack_sharing_enabled":true,"jetpack_shortlink":"https:\/\/wp.me\/p9fihK-6gd","_links":{"self":[{"href":"http:\/\/dsrmedios.com.ar\/diario\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/24069"}],"collection":[{"href":"http:\/\/dsrmedios.com.ar\/diario\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"http:\/\/dsrmedios.com.ar\/diario\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/dsrmedios.com.ar\/diario\/wp-json\/wp\/v2\/users\/6"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/dsrmedios.com.ar\/diario\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=24069"}],"version-history":[{"count":1,"href":"http:\/\/dsrmedios.com.ar\/diario\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/24069\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":24071,"href":"http:\/\/dsrmedios.com.ar\/diario\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/24069\/revisions\/24071"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/dsrmedios.com.ar\/diario\/wp-json\/wp\/v2\/media\/24070"}],"wp:attachment":[{"href":"http:\/\/dsrmedios.com.ar\/diario\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=24069"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"http:\/\/dsrmedios.com.ar\/diario\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=24069"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"http:\/\/dsrmedios.com.ar\/diario\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=24069"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}