{"id":23701,"date":"2021-05-13T08:39:05","date_gmt":"2021-05-13T11:39:05","guid":{"rendered":"http:\/\/dsrmedios.com.ar\/diario\/?p=23701"},"modified":"2021-05-13T08:39:36","modified_gmt":"2021-05-13T11:39:36","slug":"piden-la-emergencia-del-sector-gastronomico-bonaerense","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/dsrmedios.com.ar\/diario\/archivos\/23701","title":{"rendered":"Piden la emergencia del sector gastron\u00f3mico bonaerense"},"content":{"rendered":"\n<p>El Diputado Emiliano Balbin inform\u00f3 sore el proyecto del bloque de diputados de Juntos por el Cambio. Ser\u00eda por un a\u00f1o y, entre otras cuestiones, prev\u00e9 la eximici\u00f3n del pago de Ingresos Brutos y las multas y sanciones que hayan sufrido por el atraso en la liquidaci\u00f3n de los mismos.<\/p>\n\n\n\n<p>El bloque de diputados de Juntos por el Cambio present\u00f3 un proyecto de Ley para declarar la emergencia en el sector gastron\u00f3mico en el \u00e1mbito de la provincia de Buenos Aires, en el marco de la grave situaci\u00f3n econ\u00f3mica que atraviesan a ra\u00edz de las medidas sanitarias dictadas para mitigar la propagaci\u00f3n del virus SARSCoV-2.<\/p>\n\n\n\n<p>Seg\u00fan el proyecto, la declaraci\u00f3n de emergencia tendr\u00e1 una duraci\u00f3n de un (1) a\u00f1o, contando a partir de su entrada en vigencia, y a los efectos de la presente ley, se consideran sujetos comprendidos a las personas, con independencia de su forma societaria o jur\u00eddica, que exploten establecimientos que se dediquen a la prestaci\u00f3n de servicios de restaurante, bar, confiter\u00eda o cafeter\u00eda, de expendio de alimentos y\/o bebidas para consumo dentro y fuera del mismo. Asimismo, los servicios de catering y salones de eventos que no hayan podido desarrollar total o parcialmente sus actividades debido a las restricciones impuestas por el gobierno nacional y provincial en el marco de la emergencia sanitaria.<\/p>\n\n\n\n<p>La intenci\u00f3n es que se otorgue la exenci\u00f3n en el impuesto a los Ingresos Brutos, correspondientes a los anticipos cuyos vencimientos ocurran a partir de la entrada en vigencia del decreto nacional que dispuso las nuevas restricciones, y hasta tanto se encuentre vigente la emergencia declarada, como as\u00ed tambi\u00e9n la devoluci\u00f3n de saldos a favor en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos de los sujetos beneficiarios consagrados en el art\u00edculo 2\u00b0 de la presente ley, a su solo pedido y la posibilidad de utilizar esas sumas para cancelar otros impuestos provinciales.<\/p>\n\n\n\n<p>La iniciativa del bloque de JxC y autor\u00eda del diputado Daniel Lipovetzky, tambi\u00e9n busca eximir del pago de todo tipo de multas por infracci\u00f3n a los deberes formales y materiales en el impuesto a los ingresos brutos.<\/p>\n\n\n\n<p>En el caso de las deudas fiscales y\/o tributarias con tratamiento judicial, se dispone la suspensi\u00f3n de ejecuciones judiciales por el incumplimiento de los pagos de los impuestos provinciales durante el plazo que dure la emergencia.<\/p>\n\n\n\n<p>Por su parte las empresas prestadoras de los servicios de energ\u00eda el\u00e9ctrica, gas por redes y agua corriente, telefon\u00eda fija o m\u00f3vil e Internet, no podr\u00e1n disponer la suspensi\u00f3n o el corte de los respectivos servicios en caso de mora o falta de pago, por el periodo que dure la emergencia declarada en la presente ley, al mismo tiempo que deber\u00e1n otorgar planes con facilidades de pago, para cancelar las deudas que se generen durante el plazo de vigencia de la emergencia.<\/p>\n\n\n\n<p>Finalmente, prev\u00e9 que la Provincia coordine con el Banco de la Provincia de Buenos Aires, l\u00edneas de cr\u00e9dito especialmente destinadas al sostenimiento de los sujetos beneficiarios consagrados en esta Ley.<\/p>\n\n\n\n<p>Al respecto, el autor del proyecto se\u00f1al\u00f3 que \u201cfrente a las nuevas restricciones y prohibiciones, muchos emprendedores del sector gastron\u00f3mico se enfrentan a la imposibilidad del pago de salarios, servicios, contratos locativos, diversas obligaciones contra\u00eddas y deudas atrasadas, siendo muy probable que muchos de ellos no superen las nuevas medidas impuestos por el gobierno nacional y provincial. Adem\u00e1s, todo esto provocar\u00eda el cierre de miles de comercios, con la consecuente p\u00e9rdida de fuentes de empleo<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<div class=\"mh-excerpt\"><p>El Diputado Emiliano Balbin inform\u00f3 sore el proyecto del bloque de diputados de Juntos por el Cambio. Ser\u00eda por un a\u00f1o y, entre otras cuestiones, prev\u00e9 la eximici\u00f3n del pago de Ingresos Brutos y las multas y sanciones que hayan sufrido por el atraso en la liquidaci\u00f3n de los mismos. 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