{"id":19939,"date":"2020-08-14T09:34:40","date_gmt":"2020-08-14T12:34:40","guid":{"rendered":"http:\/\/dsrmedios.com.ar\/diario\/?p=19939"},"modified":"2020-08-14T09:34:42","modified_gmt":"2020-08-14T12:34:42","slug":"el-gobierno-promulgo-la-polemica-ley-de-regulacion-del-teletrabajo-cuales-seran-las-nuevas-condiciones","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/dsrmedios.com.ar\/diario\/archivos\/19939","title":{"rendered":"El Gobierno promulg\u00f3 la pol\u00e9mica ley de regulaci\u00f3n del teletrabajo: cu\u00e1les ser\u00e1n las nuevas condiciones"},"content":{"rendered":"\n<p>A pesar de las cr\u00edticas que recibi\u00f3 la iniciativa por parte de un sector empresarial, que reclam\u00f3 modificaciones en su implementaci\u00f3n, este viernes el Gobierno nacional promulg\u00f3 sin cambios la ley que estableci\u00f3 un r\u00e9gimen para los contratos de teletrabajo, la cual comenzar\u00e1 a regir 90 d\u00edas despu\u00e9s de que termine el aislamiento social, preventivo y obligatorio.<\/p>\n\n\n\n<p>As\u00ed qued\u00f3 especificado dentro del cuerpo de esta norma que \u201ctiene por objeto establecer los presupuestos legales m\u00ednimos para la regulaci\u00f3n\u201d de esta modalidad laboral \u201cen aquellas actividades, que por su naturaleza y particulares caracter\u00edsticas, lo permitan\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Tal como se discuti\u00f3 en el Congreso, se aplicar\u00e1 este r\u00e9gimen cuando la tarea a desempe\u00f1ar \u201csea efectuada total o parcialmente en el domicilio de la persona que trabaja, o en lugares distintos al establecimiento o los establecimientos del empleador, mediante la utilizaci\u00f3n de tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n y comunicaci\u00f3n\u201d.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Entre otras cuestiones,&nbsp;<strong>la Ley 27555&nbsp;<\/strong>prev\u00e9 que las personas que se encuentren dentro de esta modalidad \u201cgozar\u00e1n de los mismos derechos y obligaciones\u201d que las que se desempe\u00f1an de forma presencial, por lo que \u201csu remuneraci\u00f3n no podr\u00e1 ser inferior\u201d a la que perciben quienes est\u00e1n en ese segundo grupo.<\/p>\n\n\n\n<p>La norma establece consideraciones especiales para los trabajadores que tengan menores a su cargo.<\/p>\n\n\n\n<p>Adem\u00e1s,&nbsp;<strong>\u201cla jornada laboral debe ser pactada previamente por escrito en el contrato de trabajo de conformidad con los l\u00edmites legales y convencionales vigentes, tanto en lo que respecta a lo convenido por hora como por objetivos\u201d.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>En tanto, quienes \u201cacrediten tener a su cargo, de manera \u00fanica o compartida\u201d, el cuidado de menores de 13 a\u00f1os, personas con discapacidad o adultas mayores con losa que convivan y que requieran asistencia espec\u00edfica, \u201ctendr\u00e1n derecho a horarios compatibles con las tareas de cuidado a su cargo y\/o a interrumpir\u201d su actividad laboral.<\/p>\n\n\n\n<p>Por otra parte, \u201cel empleador no podr\u00e1 exigir a la persona que trabaja la realizaci\u00f3n de tareas, ni remitirle comunicaciones, por ning\u00fan medio, fuera de la jornada\u201d y no podr\u00e1 sancionarla si se desconecta fuera de su horario o \u201cdurante los periodos de licencias\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Asimismo, se confirm\u00f3 que \u201cel traslado de quien trabaja en una posici\u00f3n presencial a la modalidad de teletrabajo, salvo casos de fuerza mayor debidamente acreditada, debe ser voluntario y prestado por escrito\u201d y el empleado podr\u00e1 revocar esa decisi\u00f3n \u201cen cualquier momento de la relaci\u00f3n\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Sobre este punto, que gener\u00f3 cr\u00edticas por parte de un sector empresarial, se aclar\u00f3 que, \u201cen tal caso, el empleador le deber\u00e1 otorgar tareas en el establecimiento en el cual las hubiera prestado anteriormente, o en su defecto, en el m\u00e1s cercano al domicilio del dependiente, en el cual puedan ser prestadas\u201d, excepto \u201cque por motivos fundados resulte imposible la satisfacci\u00f3n de tal deber\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>En otra parte de la ley se detall\u00f3 que cada empresa&nbsp;<strong>\u201cdebe proporcionar el equipamiento -hardware y software-, las herramientas de trabajo y el soporte necesario para el desempe\u00f1o de las tareas,&nbsp;<\/strong>y asumir los costos de instalaci\u00f3n, mantenimiento y reparaci\u00f3n de las mismas, o la compensaci\u00f3n por la utilizaci\u00f3n de herramientas propias\u201d del personal.<\/p>\n\n\n\n<p>Por su parte, el empleado \u201cser\u00e1 responsable por el correcto uso y mantenimiento de los elementos y herramientas de trabajo\u201d que le fueron provistas y tendr\u00e1 que \u201cprocurar que estos no sean utilizados\u201d por terceros, aunque \u201cen ning\u00fan caso responder\u00e1 por el desgaste normal producto del uso o el paso del tiempo\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>El empleador tambi\u00e9n garantizar\u00e1 \u201cla correcta capacitaci\u00f3n de sus dependientes en nuevas tecnolog\u00edas, brindando cursos y herramientas de apoyo, tanto en forma virtual como presencial, que permitan una mejor adecuaci\u00f3n de las partes a esta modalidad laboral\u201d, pero esto \u201cno implicar\u00e1 una mayor carga de trabajo\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Por otro lado, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Naci\u00f3n \u201cdictar\u00e1 las normas relativas a higiene y seguridad en el trabajo con el objetivo de brindar una protecci\u00f3n adecuada\u201d a quienes se encuentren bajo esta modalidad laboral.<\/p>\n\n\n\n<p>Finalmente, se aclar\u00f3 que<strong>&nbsp;esta ley \u201centrar\u00e1 en vigor luego de noventa (90) d\u00edas contados a partir de que se determine la finalizaci\u00f3n del per\u00edodo de vigencia del aislamiento social, preventivo y obligatorio\u201d.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-image\"><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/www.infobae.com\/new-resizer\/iEoubNEc-NjVdYCzd8Gho2wjN7I=\/420x236\/filters:format(jpg):quality(85)\/\/cloudfront-us-east-1.images.arcpublishing.com\/infobae\/V2GQ46IFMFGLDD2DWO7Y7Q45XQ.jpg\" alt=\"La norma fue sancionada por el Senado en julio pasado. (Foto: Sof\u00eda Areco\/Comunicaci\u00f3n Senado)\"\/><\/figure>\n\n\n\n<p>La norma fue sancionada por el Senado en julio pasado. (Foto: Sof\u00eda Areco\/Comunicaci\u00f3n Senado)<\/p>\n\n\n\n<p>La normativa hab\u00eda sido sancionada a fines del mes pasado, luego de que el Senado aprobara el proyecto con 40 votos a favor y 30 en contra tras un debate en el que hubo duros cruces entre oficialistas y opositores.<\/p>\n\n\n\n<p>En aquella ocasi\u00f3n, el bloque del Frente de Todos defendi\u00f3 la iniciativa y la ausencia de modificaciones, mientras que Juntos por el Cambio coincidi\u00f3 en que no tuvo el suficiente consenso y que ser\u00e1 \u201cuna oportunidad perdida para generar empleo en la Argentina\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>En tanto, empresarios de diversos sectores consultados por\u00a0<strong>Infobae\u00a0<\/strong>cuestionaron la sanci\u00f3n de la norma por considerar que desalienta la contrataci\u00f3n de empleados ante la arbitrariedad de algunos puntos de la ley como la reversibilidad, que permite que el consentimiento prestado por la persona que trabaja en una posici\u00f3n presencial para pasar a la modalidad de teletrabajo podr\u00e1 ser revocado por la misma en cualquier momento de la relaci\u00f3n. <\/p>\n\n\n\n<p>Fuente: Infobae<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<div class=\"mh-excerpt\"><p>A pesar de las cr\u00edticas que recibi\u00f3 la iniciativa por parte de un sector empresarial, que reclam\u00f3 modificaciones en su implementaci\u00f3n, este viernes el Gobierno nacional promulg\u00f3 sin cambios la ley que estableci\u00f3 un r\u00e9gimen para los contratos de teletrabajo, la cual comenzar\u00e1 a regir 90 d\u00edas despu\u00e9s de que termine el aislamiento social, preventivo y obligatorio. 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